Trámite
Arraigos
Qué incluye
Abre cada opción para ver sus requisitos, los documentos, los plazos y las tasas. Debajo de cada dato, en pequeño, la norma o el criterio de donde sale.
Arraigo de segunda oportunidad
Para quien tuvo un permiso de residencia y lo perdió en los últimos 2 años porque no lo renovó a tiempo o se lo denegaron. Necesitas llevar 2 años seguidos en España. Dura 1 año y te deja trabajar.
Ver requisitos, documentos y plazosOcultar el detalle: Arraigo de segunda oportunidad
Para quién
Quien fue titular de una autorización de residencia (no de estancia) en los 2 años anteriores a la solicitud.Requisitos
- Los requisitos comunes a todos los arraigos, incluidos los 2 años de permanencia continuadaFundamento: RLOEX art. 126 y 126.b
- Haber sido titular de una autorización de residencia en los 2 años inmediatamente anteriores a la solicitudFundamento: RLOEX art. 127.a
- Que esa autorización no se concediera por circunstancias excepcionales (arraigo, humanitarias, víctimas…)Fundamento: RLOEX art. 127.a
- Que no se renovara por motivos distintos del orden público, la seguridad o la salud pública, salvo sentencia denegatoria, sobreseimiento o absoluciónFundamento: RLOEX art. 127.a
- Que fuera renovable o prorrogable y se perdiera por el paso del tiempo o por denegación por falta de requisitos, no por otra causa de extinciónFundamento: Instrucción SEM 1/2025, instr. 2.ª
Documentos
- Formulario EX-10Lo pide el MinisterioFundamento: Hoja informativa 27
- Pasaporte completo y en vigorLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 130.1.a
- Pruebas de 2 años de permanenciaLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 126.b
- Antecedentes penales de los países donde viviste los 5 años anteriores a la entradaLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 130.2
- Copia de la tarjeta o de la resolución anteriorPráctica habitual
Plazos
- En cualquier momento, siempre dentro de los 2 años desde que se perdió la autorizaciónFundamento: RLOEX art. 127.a
- Prórroga: búsqueda activa de empleo e inscripción como demandanteFundamento: RLOEX art. 132.2.a
Tasas
Modelo 790, código y epígrafe. Sin importes: cambian con cada Ley de Presupuestos.
- 790-052 · 2.3.1
Empezar con esta: Arraigo de segunda oportunidadOjo con…
- No vale desde un arraigo u otra circunstancia excepcional, ni desde una estancia de estudios, una tarjeta comunitaria del RD 240/2007 o una larga duración extinguida.Fundamento: RLOEX art. 127.a; FAQ oficial de arraigo, pp. 4-5
- Si la tarjeta caducó hace 3 meses o menos, todavía se puede renovar: es mejor vía.
- Con una renovación o una solicitud pendiente no se puede pedir.Fundamento: RLOEX art. 126.h
- Hay dudas sobre si un recurso pendiente cuenta igual que una solicitud.Por confirmar
- Si caducó hace más de 2 años, ya no cabe.
- Hay dudas sobre si cuentan como residencia la de familiar de español (EX-24) y las autorizaciones de la Ley 14/2013.Por confirmar
Arraigo sociolaboral
Para quien lleva 2 años en España y tiene un contrato de trabajo firmado de al menos 20 horas a la semana. En cuanto admiten tu solicitud ya puedes trabajar mientras se resuelve. Dura 1 año.
Ver requisitos, documentos y plazosOcultar el detalle: Arraigo sociolaboral
Para quién
Personas en España sin autorización, con 2 años de permanencia y uno o varios contratos.Requisitos
- Los requisitos comunes a todos los arraigosFundamento: RLOEX art. 126
- Uno o varios contratos firmados por ti y por el empleador; una oferta no bastaFundamento: RLOEX arts. 127.b y 130.1.b
- Salario de al menos el SMI o el del convenio aplicable, en proporción a la jornadaFundamento: RLOEX art. 127.b
- Jornada total de 20 horas semanales o más en cómputo globalFundamento: RLOEX art. 127.b
- Varios contratos solo en dos casos: trabajos de temporada concatenados con distintos empleadores, o trabajo parcial y simultáneo para varios empleadoresFundamento: RLOEX art. 127.b
- El empleador cumple el art. 74 salvo la situación nacional de empleo: al corriente con Hacienda y la Seguridad Social y con medios suficientes; si es una persona física, también los medios del art. 76.2Fundamento: RLOEX art. 127.b
- Si el contrato es temporal, su duración (o la suma) debe superar los 90 días; cuentan los fijos discontinuos y las sustituciones de más de 90 díasFundamento: Instrucción SEM 1/2025, instr. 3.ª.2
- No vale el trabajo por cuenta propiaFundamento: Instrucción SEM 1/2025, instr. 3.ª.5
Documentos
- Formulario EX-10Lo pide el MinisterioFundamento: Hoja informativa 29
- PasaporteLo exige la norma
- Pruebas de permanenciaLo exige la norma
- Antecedentes penalesLo exige la norma
- Contrato o contratos firmadosLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 130.1.b
- Del empleador: NIF, escrituras o estatutos y solvencia (IRPF, IVA, Sociedades o vida laboral de la empresa)Lo pide el MinisterioFundamento: Hoja informativa 29
- Cualificación, si la profesión la exigeLo pide el Ministerio
Plazos
- En cualquier momento.
- Desde que se admite a trámite, tienes una habilitación provisional para residir y trabajar por cuenta ajena; concedido, su eficacia depende del alta en la Seguridad Social en 1 mes desde la notificaciónFundamento: RLOEX art. 130.5 (redacción del RD 316/2026)
Tasas
Modelo 790, código y epígrafe. Sin importes: cambian con cada Ley de Presupuestos.
- 790-052 · 2.3.1
Empezar con esta: Arraigo sociolaboralOjo con…
- No sirven una oferta sin contrato, menos de 20 horas a la semana, un salario por debajo del SMI proporcional, un contrato temporal de 90 días o menos, un empleador sin solvencia o con deudas ni el trabajo como autónomo.
- En Euskadi, el Gobierno Vasco informa el contrato.Fundamento: RD 511/2025
Arraigo socioformativo
Para quien lleva 2 años en España y se matricula en una formación de la lista: ESO o enseñanzas para adultos, FP básica o de grado medio, Bachillerato, certificados profesionales o cursos del servicio público de empleo. Necesitas también un informe de integración. Puedes trabajar hasta 30 horas a la semana.
Ver requisitos, documentos y plazosOcultar el detalle: Arraigo socioformativo
Para quién
Personas en España sin autorización con 2 años de permanencia que van a formarse.Requisitos
- Los requisitos comunes a todos los arraigosFundamento: RLOEX art. 126
- Estar matriculado o cursando una formación de la lista: secundaria postobligatoria (Bachillerato, FP de grado medio, título de Especialista de FP…), certificados profesionales de grado C de niveles 1, 2 y 3, o la oferta presencial de enseñanzas obligatorias para personas adultas. El anexo II de la Instrucción SEM 1/2025 incluye la FP de grado básico y admite la solicitud de admisiónFundamento: RLOEX arts. 127.d, 52.1.b y 52.1.e.5.º
- O comprometerte a una formación de los servicios públicos de empleo para ocupaciones del Catálogo de difícil coberturaFundamento: RLOEX art. 127.d (remite al art. 75.1)
- Informe de integración social, en los términos del arraigo socialFundamento: RLOEX art. 127.d
- Formación presencial o con al menos un 50 % presencialFundamento: RLOEX art. 52.1.b; Instrucción SEM 1/2025, instr. 5.ª.2
Documentos
- Formulario EX-10Lo pide el MinisterioFundamento: Hoja informativa 30
- PasaporteLo exige la norma
- Pruebas de permanenciaLo exige la norma
- Antecedentes penalesLo exige la norma
- Informe de integraciónLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 127.d
- Matrícula, admisión o certificado de que estás cursando la formaciónLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 127.d
- Compromiso de formación del servicio de empleoLo exige la normaFundamento: RLOEX art. 127.d
Plazos
- Si la matrícula tiene plazo oficial, la solicitud se presenta en los 2 meses anteriores al inicio de ese plazo; la matrícula se acredita en los 3 meses siguientes a la notificación de la concesión o la autorización se extingueFundamento: RLOEX art. 127.d
- No más de una vez cada 3 añosFundamento: Instrucción SEM 1/2025, instr. 5.ª.3
- Prórroga: informe del centro o títuloFundamento: RLOEX art. 132.2.b
Tasas
Modelo 790, código y epígrafe. Sin importes: cambian con cada Ley de Presupuestos.
- 790-052 · 2.3.1
Trabajo
- Solo por cuenta ajena, como máximo 30 horas a la semana, con el SMI o el convenio en proporciónFundamento: RLOEX art. 131.b
Empezar con esta: Arraigo socioformativoOjo con…
- No sirven la universidad, la FP de grado superior, los cursos de idiomas ni los cursos online.Fundamento: Instrucción SEM 1/2025, instr. 6.ª.3
- Cuidado con la matrícula fuera de plazo.
- En Euskadi, el Gobierno Vasco informa la formación.Fundamento: RD 511/2025
Arraigo familiar
Para madres, padres o tutores de un menor de otro país de la UE (o del EEE o Suiza), y para el familiar que cuida de una persona con discapacidad de esos países. No pide tiempo mínimo en España y dura 5 años. Si tu hijo o tu hija es español, tu vía es «Familiares de españoles».
Ver requisitos, documentos y plazosOcultar el detalle: Arraigo familiar
Requisitos
- Los requisitos comunes a todos los arraigos, salvo los 2 años de permanenciaFundamento: RLOEX art. 126 (salvo el 126.b)
- Ser padre, madre o tutor de un menor nacional de otro Estado de la UE, del EEE o de Suiza, residir en España, tenerlo a cargo y convivir con él o estar al corriente de las obligaciones paternofilialesFundamento: RLOEX art. 127.e.1.º
- O ser el familiar que presta apoyo a una persona con discapacidad de esos Estados, tenerla a cargo y convivir con ella (solo un familiar)Fundamento: RLOEX art. 127.e.2.º; Instrucción SEM 1/2025, instr. 7.ª
Documentos
- Formulario EX-10Lo pide el MinisterioFundamento: Hoja informativa 31
- PasaporteLo exige la norma
- Antecedentes penalesLo exige la norma
- Certificado de nacimiento del menor con el vínculo y su nacionalidad, o documento de tutelaLo pide el Ministerio
- Si cuidas a una persona con discapacidad: la discapacidad o necesidad de apoyo, que está a tu cargo, la convivencia y su documento de identidad europeoLo pide el Ministerio
Plazos
- En cualquier momento.
- Dura 5 añosFundamento: RLOEX art. 125.2
Tasas
Modelo 790, código y epígrafe. Sin importes: cambian con cada Ley de Presupuestos.
- 790-052 · 2.3.1
Empezar con esta: Arraigo familiarOjo con…
- No es para padres de menores españoles: van por «Familiares de españoles».Fundamento: RLOEX art. 94.1.f
- Hay dudas sobre si puede pedirlo un turista dentro de sus 90 días.Por confirmarFundamento: RLOEX art. 126.h
Lo común a todos los arraigos
Requisitos
- Estar en España y no ser solicitante de protección internacional al pedirlo ni durante la tramitación; se es solicitante hasta la resolución firme, también la judicialFundamento: RLOEX art. 126.a
- Dos años de permanencia continuada inmediatamente anteriores; no cuenta el tiempo de tramitación del asilo hasta su firmeza. El arraigo familiar no exige tiempoFundamento: RLOEX art. 126.b
- Las ausencias no pueden superar 90 días en totalFundamento: Instrucción SEM 1/2025, instr. 1.ª.2; Hoja informativa 28 (abril de 2026)
- No ser una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud públicaFundamento: RLOEX art. 126.c
- Sin antecedentes penales en España ni en los países donde viviste los 5 años anteriores a la entrada, por delitos que existan en España. No hace falta el certificado extranjero si llevas 5 años seguidos en España o si ya lo aportaste en los 5 años anteriores sin salir después. Los antecedentes policiales no deniegan por sí solosFundamento: RLOEX arts. 126.d y 130.2
- No figurar como rechazable en el espacio Schengen ni estar en plazo de compromiso de no retornoFundamento: RLOEX art. 126.e y 126.f
- Pagar la tasaFundamento: RLOEX art. 126.g
- No ser titular de una autorización de estancia o residencia ni interesado en un procedimiento de concesión, prórroga, renovación o modificaciónFundamento: RLOEX art. 126.h (RD 316/2026, en vigor desde el 16/04/2026)
- Pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigorFundamento: RLOEX art. 130.1.a
- No se aplica a ciudadanos de la UE, el EEE o Suiza ni a sus familiares del régimen comunitarioFundamento: Hojas informativas 27 a 31
Cómo se tramita
- Formulario EX-10Fundamento: Hojas informativas 27 a 31
- Se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia donde vives o en la sede electrónica. La solicitud es personal; también puede presentarla un representante con poder notarial o apud actaFundamento: RLOEX art. 197.1 y 197.4
- Si piden documentos, hay 15 días como máximo para aportarlosFundamento: RLOEX art. 130.3
- Se resuelve en 3 meses; si no contestan, se entiende denegadaFundamento: RLOEX DA 7.ª.1; LOEX DA 1.ª
- Concedido, la tarjeta (TIE) se pide en 1 mes desde la notificaciónFundamento: RLOEX art. 130.6
- Deja trabajar por cuenta ajena y por cuenta propiaFundamento: RLOEX art. 131
- Dura 1 año, salvo el arraigo familiar, que dura 5Fundamento: RLOEX art. 125.2
- Tasa: 790-052 · 2.3.1
Cómo se prueba la permanencia
- No hay una lista cerrada. Se prefieren los documentos emitidos o registrados por una Administración española (padrón, hospitalización, consulta médica pública)Fundamento: Hoja informativa 28
- También se admiten documentos privados a tu nombre: envíos de dinero, movimientos bancarios, suministros, alquilerFundamento: Instrucción SEM 4/2025
Documentos habituales
Cada caso es distinto: cuando nos lo cuentes, te diremos exactamente qué necesitas.
- Pasaporte completo y en vigor (todas las páginas)
- Pruebas de 2 años en España: padrón, citas médicas, colegio, alquiler, envíos de dinero…
- Antecedentes penales de los países donde viviste los 5 años antes de llegar (legalizado o apostillado y traducido)
- Lo de cada modalidad: contrato, matrícula, informe de integración o vínculo familiar
Información orientativa, según la normativa a 30 de octubre de 2026. Cuando estudiemos tu caso, el equipo te confirmará los requisitos, los documentos, los plazos y las tasas que te corresponden. Lo marcado «Por confirmar» está pendiente de revisión por el despacho.
RLOEX: Reglamento de extranjería (RD 1155/2024). LOEX: Ley Orgánica 4/2000. Las hojas informativas y las instrucciones de la Secretaría de Estado de Migraciones son criterio administrativo, no norma.